Prohíbe Jalisco de forma innovadora bolsas plásticas y popotes ~ Mira tu México

jueves, 4 de octubre de 2018

Prohíbe Jalisco de forma innovadora bolsas plásticas y popotes

El Congreso aprobó su restricción, y la Secretaría de Medio Ambiente deberá  elaborar la Norma Técnica Ambiental que especificará las bolsas que son recicladas, biodegradables y compostables.

Luego de que el 27 de septiembre el Congreso de Jalisco aprobará reformar la Ley Estatal de Equilibrio Ecológico para sustituir en forma gradual el uso, producción y comercialización de bolsas plásticas y popotes por productos biodegradables, la Secretaría de Medio Ambiente deberá, dentro de los 180 días siguientes a la entrada en vigor del decreto, elaborar la Norma Técnica Ambiental referente a la producción sustentable de estos productos plásticos.
Para ello, en conjunto con la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología, convocará a la comunidad científica y académica, cámaras de industriales y de comercio, asociaciones de productores de bolsas plásticas y popotes, asociaciones civiles y organismos representativos, para que contribuyan a su elaboración, la cual deberá considerar los principios de reducción, reciclaje y reutilización, y las características específicas requeridas para cada producto.
Por otra parte, los ayuntamientos tendrán la responsabilidad de establecer reglamentos, tiempos y periodos en que se deberán cumplir con las bolsas y popotes de nueva manufactura y características, así como los mecanismos de vigilancia y sanción. De tal manera que a partir del 1 de enero de 2020, los ayuntamientos podrán imponer sanciones administrativas o económicas conforme a la gradualidad que sus reglamentos establezcan para cada unidad económica.
Al respecto, la diputada Verónica Magdalena Jiménez Vázquez subrayó que “ya no podrán vender ni proporcionar ese tipo de bolsa y la de nueva manufactura será totalmente local, producida en el estado, por lo que en lugar de verlo como un detrimento es una oportunidad para que Jalisco se afiance en el ámbito nacional. 
“La diferencia entre las otras entidades que han entrado a la legislación en la materia y nosotros, es que Jalisco tendrá una norma técnica que establezca una descripción donde especifique claramente las bolsas que son recicladas, las que son biodegradables y las que son compostables, para que de esta manera la industria se pueda certificar”, agregó la legisladora.

¿QUÉ ESTABLECE LA REFORMA A LA LEY ESTATAL DE EQUILIBRIO ECOLÓGICO?

ARTÍCULO 6 establece que:
  • Serán facultades y obligaciones de la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable: promover la investigación y el desarrollo tecnológico para la producción de plásticos de un solo uso a partir de materiales reciclados, biodegradables o compostables.
  • Elaborar un programa de sustitución gradual de plásticos de un solo uso, de conformidad con lo que se establezca en la Norma Técnica Ambiental Estatal, así como programas de apoyo y asesoría que promuevan que las empresas dedicadas a la producción de plásticos de un solo uso produzcan con materiales reciclados o con calidad de biodegradables o compostable.
  • Realizar campañas de difusión y concientización dirigidas a la población en general sobre la importancia de la reducción y del uso responsable de los plásticos de un solo uso, así como dar a conocer las alternativas de reúso o sustitución de estos productos, y las ventajas que esto conlleva para la salud y el medio ambiente.
  • Proponer al titular del Ejecutivo la Norma Técnica Ambiental Estatal en materia de producción de bolsas de plástico para acarreo y popotes, en la que se consideren los principios de reducción, reciclaje y reutilización de las bolsas de plástico, así como las características específicas requeridas para cada producto.
  • Certificar a las empresas que cumplan con las disposiciones de la Norma Técnica Ambiental Estatal.
  • Elaborar y publicar un padrón de empresas recicladoras o que utilicen materiales reciclados para comercializar los productos plásticos de un solo uso.
ARTÍCULO 7 señala que:
  • Las secretarías del gobierno de Jalisco deberán apoyar la transición de tecnologías a empresas productoras para la sustitución de bolsas de plástico y popotes por elaborados de material biodegradable, compostable o con contenido de material reciclado. La Titular del Ejecutivo podrá constituir programas de apoyo dirigidos para este fin.
ARTÍCULO 8 enuncia que:
  • Los gobiernos municipales deberán establecer en sus reglamentos, en materia de sustitución de materiales no biodegradables, no compostables o no reciclados la gradualidad con la que toda unidad económica deberá sustituir el material de las bolsas de plástico que proporcionan para el acarreo de productos por materiales biodegradables, reutilizables, compostables o materiales reciclados.
  • El periodo en que los productores de bolsa para acarreo y popote no biodegradable o sin contenido de material reciclado asentados en su territorio, deberán producir con materiales biodegradables, compostables o con contenido de material reciclado y las sanciones económicas y administrativas para infractores a las disposiciones de sustitución de estos productos.
  • Elaborar programas de concientización sobre el uso responsable de los plásticos de un solo uso dirigidos a las unidades económicas en su ámbito de competencia, así como los beneficios de la reducción en el consumo, la sustitución y la correcta disposición.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS:
  • Se deja constancia que a partir del 1 de enero de 2020, los ayuntamientos podrán imponer las sanciones administrativas o económicas correspondientes conforme a la gradualidad que sus reglamentos establezcan para cada unidad económica.
Fuente: Congreso de Jalisco