La Semarnat dio a conocer los lineamientos con los que se busca que los motores nuevos a diésel y los vehículos pesados nuevos cuenten con tecnologías más eficientes y menos contaminantes.
A través del Diario Oficial de la Federación, este 19 de febrero la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales publicó la norma (NOM-044-SEMARNAT-2017), que establece los límites máximos permisibles de emisiones contaminantes provenientes del escape de vehículos automotores nuevos que utilizan diésel como combustible, con el fin de beneficiar a la salud pública y a los ecosistemas.
De acuerdo con el documento, se regularán los contaminantes atmosféricos monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, hidrocarburos no metano, hidrocarburos no metano más óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humo que se utilicen para la propulsión de las unidades con peso mayor a 3 mil 857 kilogramos.
Para ello, se tomaron en cuenta las disposiciones emitidas por Estados Unidos, por el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea, las cuales contemplan especificaciones para los motores nuevos a diésel, así como para los vehículos automotores nuevos que los incorporan.
Por ejemplo, sólo en la normatividad europea se establecen especificaciones para la urea como parte del sistema de reducción catalítica selectiva, que al reaccionar con los óxidos de nitrógeno, genera amoniaco como subproducto, el cual se contempla como uno de los gases contaminantes a regular en los motores nuevos a diésel y en los vehículos automotores nuevos a diésel certificados con los métodos de prueba del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea.
Por tal motivo, en esta norma mexicana también se establecen límites máximos permisibles de emisión para este compuesto en particular. Respecto a las partículas, el parámetro de opacidad de humo se elimina, debido a que éste representa una medición indirecta de las emisiones contaminantes.
Por otra parte, para garantizar una reducción efectiva de contaminantes y el uso de sistemas de diagnóstico a bordo, se actualizan los métodos de prueba, con el fin de que estos representen de mejor manera las condiciones reales de manejo a las que se someten los motores y los vehículos nuevos.
Cabe destacar que con la modificación de la NOM-044-2017 se busca que los motores nuevos a diésel y los vehículos pesados nuevos que se incorporen a la circulación en el territorio nacional cuenten con tecnologías más eficientes y menos contaminantes de las que se comercializan en la actualidad.
La disposición establece los límites máximos permisibles de los contaminantes atmosféricos monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, hidrocarburos no metano, hidrocarburos no metano más óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humo que se utilicen para la propulsión de las unidades con peso mayor a 3,857 kilogramos, y que se mueven a diésel.
CONSULTA EL DOCUMENTO COMPLETO EN:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5513626&fecha=19/02/2018
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