Profepa, Conanp y autoridades estatales sancionarán a las personas que pretendan o realicen actividades cinegéticas sin la autorización correspondiente, como ya se ha denunciado.

Lo anterior permitirá dar respuesta a las denuncias presentadas con respecto a los ejidatarios del lugar que llevan a personas externas a desarrollar actividades de caza en la zona, sin que se cuente con la autorización correspondiente.
En este contexto, las acciones tendrán el objetivo de sancionar a aquellos que pretendan o realicen actividades de aprovechamiento que impliquen dar muerte a ejemplares de la vida silvestre sin el permiso requerido o que infrinjan los términos en que la autorización hubiera sido otorgada y a las disposiciones aplicables.
Además, la Ley General del Vida Silvestre establece multas de 200 a 75 mil Unidades de Medida y Actualización en caso de realizar actividades cinegéticas sin la correspondiente autorización.
Fuente: Profepa
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