Debe etiqueta de alimentos traer caducidad de sus propiedades ~ Mira tu México

jueves, 5 de enero de 2017

Debe etiqueta de alimentos traer caducidad de sus propiedades

La diputada Rosalinda Mazari planteó reformar la Ley General de Salud para que la etiqueta tenga información clara y legible sobre el periodo que tiene el producto para consumirse una vez abierto.

La diputada Rosalinda Mazari Espín impulsa reformas a la Ley General de Salud para que los alimentos, bebidas no alcohólicas y suplementos alimenticios incluyan en su etiqueta, el periodo en el que se conservan sus propiedades y si pueden consumirse una vez abiertos sus empaques o envases; con el fin de prevenir la ingesta de alimentos que contengan una fecha de caducidad vencida.
Lo anterior, debido a que los alimentos al abrirse entran en contacto con el medio ambiente y con otros factores de contaminación, y se guardan para consumirlos en fecha posterior sin observar las medidas idóneas de conservación, lo cual se agrava debido a que el etiquetado es deficiente, porque carece de información, utiliza tipografía poco legible y demasiado pequeña.
Explicó que el consumo de una bebida o alimento caduco entra en contacto con los agentes causales de la alteración y se transforman en un medio de cultivo para bacterias y hongos que pueden generar toxinfecciones alimentarias de distinta gravedad.
Por ejemplo, el Área de Tecnología de los Alimentos del Departamento de Ingeniería Química de la Universidad de Vigo refiere que algunos agentes causales de la alteración de los alimentos son la luz, temperaturas extremas, el oxígeno, agua y metales pesados, así como insectos, roedores, microrganismos y enzimas.
Incluso, la Sociedad Andaluza de Nutrición Clínica Dietética informa que “la vida útil de un alimento indica el tiempo que transcurre desde su elaboración hasta su deterioro y factores como la temperatura, la luz o el oxígeno, pueden hacer variar este periodo”.
En este contexto, la legisladora dijo que, en la etiqueta, la fecha de caducidad debe representar el tiempo durante el cual conserva sus características sensoriales, físicas, químicas, funcionales, o microbiológicas; también tiene que cumplir con la información nutricional indicada en la etiqueta, siempre y cuando se almacene correctamente.
Asimismo, debe traer la fecha de caducidad y el periodo de tiempo en un tamaño no inferior a cinco milímetros de altura, con un color contrastante e indeleble que facilite su visualización; de tal manera que la población pueda saber que una vez rebasada la fecha, el producto podría causar daños a la salud, recomendándose implícitamente no ingerirlas.

Fuente: Cámara de Diputados