Analizan ley para incluir a pueblos indígenas en planes mineros ~ Mira tu México

miércoles, 13 de junio de 2018

Analizan ley para incluir a pueblos indígenas en planes mineros

La diputada Hilda Miranda Miranda explicó que con mayor frecuencia se otorgan concesiones de exploración y explotación de minas sin consultar a los pueblos indígenas de esas tierras; además de que genera contaminación.

De acuerdo con la diputada Hilda Miranda Miranda, México ocupa los primeros lugares de América Latina con más conflictos mineros, y es que en el país se otorgan con mayor frecuencia concesiones para exploración y explotación de minas a empresas trasnacionales y esto continua en auge sin que medie ningún tipo de consulta o control social. 
Por tal motivo, el 8 de junio presentó una iniciativa que reforma a la Ley Minera para que los habitantes de pueblos y comunidades indígenas, a través de asambleas y autoridades representativas, tengan derecho a ser consultados para aprobar o negar actividades o proyectos relacionados con la minería y que pretendan implementarse en algún lugar de su territorio.
La legisladora detalló que tan sólo de septiembre de 2015 a junio de 2016, se emitieron 558 nuevos títulos a particulares, con superficie de 1.1 millones de hectáreas según el Registro Público de Minería, y el Sistema de Sitios Contaminados de la Semarnat arrojó que en el país existen 635 lugares contaminados debido al mal manejo de residuos peligrosos y actividades mineras, de los cuales el 95% no han sido atendidos.
Cabe destacar que esta iniciativa de reforma se envió a la Comisión de Economía para su análisis.

¿QUÉ ESTABLECEN LAS REFORMAS A LA LEY MINERA?

  • La Secretaría federal del ramo deberá otorgar información fidedigna, suficiente, oportuna y culturalmente adecuada para analizar las ventajas y desventajas de proyectos mineros.
  • Crea el Capítulo Séptimo sobre “explotación minera y de los derechos de los pueblos indígenas”, que estipula que el Ejecutivo federal no podrá otorgar ninguna asignación o concesión sobre tierras o territorios indígenas sin contar con el consentimiento previo, libre e informado, de ellos.
  • La consulta a comunidades indígenas se anulará si se demuestra que el interesado en obtener el consentimiento, influyó de manera dolosa en la decisión de estas poblaciones.
  • Antes de comenzar las actividades de exploración o explotación, las empresas deberán pactar con los pueblos indígenas, con la participación del Estado, las condiciones en que se desarrollarán.
  • Se establecerán medidas para evitar la contaminación o destrucción de sus tierras, territorios, recursos naturales y medio ambientes, incluidos sus lugares sagrados, espirituales o culturales.
  • Se establecerán medidas para remediar los daños causados y los beneficios que obtendrán los pueblos indígenas, en donde se considera la posibilidad de asociación con la empresa concesionaria.
  • La concesión minera se cancelará cuando ésta sea la causa principal de migración de los habitantes de pueblos y comunidades indígenas, o cuando afecte sus fuentes de obtención de alimentos, provoque daños a su salud o genere disminución de la captación de agua, afecte la reproducción cultural o modifique sus lugares sagrados.
Fuente: Cámara de Diputados