Reformarán leyes para modificar la venta de mascotas ~ Mira tu México

martes, 19 de diciembre de 2017

Reformarán leyes para modificar la venta de mascotas

Diputados votaron a favor de prohibir la venta de animales en vías públicas y exhibirlos en los establecimientos a fin de evitarles estrés, por lo que se recomendó mostrarlos vía remota.

La Cámara de Diputados avaló dos dictámenes para modificar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para prohibir la venta de animales de compañía o mascotas en la vía pública, mercados, tianguis, puestos semifijos, permanentes, temporales o ambulantes; también votó a favor de reformar la Ley General de Vida Silvestre, a fin de mejorar las condiciones en que se encuentran estos animales de compañía o mascotas previo a su comercialización.
En el caso del primer dictamen, los diputados explicaron que a pesar de los avances logrados en la regulación para promover un trato digno y respetuoso de las mascotas, aún faltan rubros por atender; de tal manera que todavía puede verse la comercialización de animales en tianguis, bazares o cualquier otro punto de venta, los cuales, además de ser ilegales, no cumplen con el mínimo requerimiento para dar atención a los ejemplares.
Incluso, se manera constante se presentan quejas y denuncias sobre la venta de animales en deplorables condiciones; el contacto directo y permanente con las personas sin ningún tipo de higiene; el manejo de estos ejemplares sin conocimientos en materia veterinaria; su exhibición amontonados en pequeñas jaulas y el origen desde criaderos clandestinos.
En este contexto, la reforma del artículo 87 Bis 2, precisa que se entenderá por animal de compañía o mascota el ejemplar de cualquier especie de fauna que, por su comportamiento o conducta natural pueda convivir con el hombre en un ambiente doméstico bajo cuidado del mismo y no representen riesgos físicos, sanitarios, ni de seguridad para sus propietarios u otros animales;  a excepción de las especies exóticas invasoras y las destinadas al consumo.
Por otra parte, en el dictamen que reforma los artículos 3, 10, 13, 27 Bis, 29, 32, 35 y 78 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, se detalla que los municipios deberán llevar un control de los establecimientos donde se promueve la comercialización de mascotas, a fin de asegurar un trato digno y respetuoso hacia los animales de compañía.
Además, debido a que imponer a los animales al encierro hasta que sean vendidos puede generar en algunas especies condiciones de incomodidad, sufrimiento y estrés que afectan de modo significativo su bienestar, los establecimientos deberán privilegiar que su exhibición se realice a través de medios remotos o mediante el uso de herramientas tecnológicas que eviten el contacto físico directo entre el ejemplar y el público interesado en su adquisición.
La modificación también establece que las especies domésticas estén resguardadas, previo a su comercialización, en lugares que cuenten con áreas e infraestructura necesaria para su manejo y con personal capacitado.
Cabe destacar que ambos dictámenes fueron enviados al Senado de la República para sus efectos constitucionales. 

Fuente: Cámara de Diputados