Permitirán turismo de bajo impacto en Revillagigedo ~ Mira tu México

lunes, 27 de noviembre de 2017

Permitirán turismo de bajo impacto en Revillagigedo

En el decreto publicado hoy, establece que en la zona núcleo sólo podrá realizarse buceo libre y autónomo; en la de amortiguamiento no debe implicar modificaciones sustanciales a las condiciones naturales originales.

El gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federaciónel (DOF), decreto por el que se declara como Área Natural Protegida, con el carácter de Parque Nacional, la región conocida como Revillagigedo, localizada en el Pacífico Mexicano, con el objetivo de proteger esta región bajo esquemas que garanticen su preservación integral. 
De acuerdo con el documento, las zonas núcleo y de amortiguamiento del Parque Nacional Revillagigedo se subzonificarán en el Programa de Manejo; en tanto, el artículo IV del decreto establece que dentro de la zona núcleo del Parque Nacional Revillagigedo podrán realizarse, entre otras actividades, "turismo de bajo impacto ambiental exclusivamente en la zona marina".
Además, en el artículo quinto se detalla que "el turismo de bajo impacto ambiental se realizará exclusivamente en la porción marina del parque nacional, consistente en actividades de buceo libre y buceo autónomo".
Respecto al tipo de turismo que no puede realizarse en la zona núcleo, el artículo sexto establece que está prohibido la construcción de infraestructura para la prestación de servicios turísticos en cualquiera de sus modalidades, incluida la de apoyo correspondiente.

Turismo en zona de amortiguamiento

El artículo octavo del decreto indica que dentro de las zonas de amortiguamiento del parque se podrá realizar "turismo de bajo impacto ambiental", sin embago, el uso y aprovechamiento de los recursos naturales se deberán realizar de conformidad con la subzonificación correspondiente.
"El desarrollo de actividades de turismo de bajo impacto ambiental se realizará sin implicar modificaciones sustanciales a las características o condiciones naturales originales y siempre que se respete la capacidad de carga o límite de cambio aceptable de los ecosistemas".
Además, "tendrá como finalidad la apreciación de los valores intrínsecos del área y la importancia de su conservación, para lo cual, el Programa de Manejo definirá los sitios, los horarios, la frecuencia y el número de embarcaciones y usuarios que podrán acceder a las zonas de amortiguamiento".
Dentro del mismo apartado II del artículo, se especifica que tratándose de las zonas de amortiguamiento terrestre, "las actividades de turismo de bajo impacto ambiental no implicarán el uso de vehículos motorizados, ni la construcción de infraestructura".

Impulsarán desarrollo regional sustentable

En el artículo décimo segundo se establece que cualquier actividad que se pretenda realizar dentro del Parque Nacional Revillagigedo, deberá sujetarse a las modalidades y lineamientos establecidos en el Decreto, en el Programa de Manejo del parque y en las disposiciones jurídicas correspondientes; además, se deberá contar con la autorización en materia de impacto ambiental, independientemente del otorgamiento de permisos, licencias y autorizaciones que deban expedir otras autoridades.
Por otra parte, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a través de la Comisión  Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), delimitará en el Programa de Manejo la zona de influencia del Parque Nacional Revillagigedo, a fin de "generar nuevos patrones de desarrollo regional sustentable acordes con la presente declaratoria y promover que las autoridades que regulen o autoricen el desarrollo de actividades en dicha zona, consideren la congruencia entre éstas y la categoría de manejo asignada al parque nacional".
De igual manera, la Semarnat fomentará el establecimiento de fondos o fideicomisos públicos y/o privados que tengan como finalidad apoyar las acciones para su conservación y protección perenne del Parque Nacional Revillagigedo.
Cabe destacar que la Semarnat, a través de la Conanp, formulará el Programa de Manejo del Parque Nacional Revillagigedo, con la participación de las secretarías de Gobernación, de Marina, de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, de Comunicaciones y Transportes, y otras dependencias de la Administración Pública Federal, así como de organizaciones sociales, públicas o privadas y personas interesadas.