Se trata de una superficie de 305,947.42 m2, ubicada en Punta Azufre Oeste, municipio de Ensenada; y 2,932,316.83 m2 localizada en la Laguna de San Ignacio, municipio de Mulegé.
De acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, el 30 de septiembre de 2013, la Conanp solicitó que se le destinara la superficie ubicada en Ensenada; mientras que la de Mulegé fue solicitada el 2 de septiembre de 2009; y tras emitirse las respectivas opiniones técnicas se determinó que sus solicitudes cumplían técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad, por lo que se le otorgaron.
Sin embargo, en cualquier momento, la Semarnat podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre, y en caso de que la Conanp diera a esta superficie un aprovechamiento distinto al previsto en este Acuerdo, sin la previa autorización de la Semarnat, dejara de utilizarla o necesitarla, este bien “con todas sus mejoras y accesiones se retirará de su servicio para ser administrado por esta última”, se refiere en los documentos.
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