Otorgan a Conanp predio natural de BC para protección ~ Mira tu México

miércoles, 1 de febrero de 2017

Otorgan a Conanp predio natural de BC para protección

La Semarnat entregó una superficie de 884 mil 403.22 metros cuadrados de zona federal marítimo terrestre, ubicada en Bahía de San Quintín, Municipio de Ensenada, para su cuidado y conservación.

A través del Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) informó que una superficie de 884 mil 403.22 metros cuadrados de zona federal marítimo-terrestre, ubicada en Bahía de San Quintín, municipio de Ensenada, estado de Baja California, se destina a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegida (Conanp) para uso de protección.
Lo anterior fue posible luego de que la Conanp solicitara el 30 de septiembre de 2013 que se le destinara el terreno para su cuidado y conservación, conforme al artículo 22 del Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar y con base en las disposiciones de la Ley General de Bienes Nacionales.
Posteriormente, el 29 de mayo de 2015, la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros emitió las opiniones técnicas por la Dirección de Manejo Integral de Ambientes Costeros, y el 6 de junio de 2016, las de la Dirección de Delimitación, Padrón e Instrumentos Fiscales, determinando que la solicitud realizada por la Conanp cumplía técnica y ambientalmente con los requerimientos establecidos en la normatividad.
Por tal motivo y considerando que el objetivo del Ejecutivo Federal es dar el óptimo aprovechamiento al patrimonio inmobiliario federal, dotando en la medida de lo posible a las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal o municipal con los inmuebles que requieran para la atención de los servicios públicos a su cargo, le fue otorgada la superficie ubicada en Bahía de San Quintín a la Conanp.
Sin embargo, en el documento se aclara que este acuerdo únicamente confiere a la Conanp el derecho de usar la superficie para uso de protección, es decir, no transmite la propiedad ni crea derecho real alguno a favor del destinatario; además, la Semarnat “en cualquier momento, podrá delimitar nuevamente la zona federal marítimo terrestre, motivo por el cual las coordenadas de los vértices, rumbos y distancias de la poligonal que integra la superficie destinada, podrán ser modificadas”.

Fuente: DOF