Autorizó Semarnat dos métodos alternos de prueba de emisiones ~ Mira tu México

viernes, 17 de febrero de 2017

Autorizó Semarnat dos métodos alternos de prueba de emisiones

Adicional a los establecidos en la normatividad, la empresa Cummins Comercializadora podrá usar los Ciclos de Prueba Mundial Armonizados, para certificar motores más precisos.

A través del Diario Oficial de la Federación (DOF), este 17 de febrero se informó que la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales autorizó dos métodos de prueba alternos a los establecidos en la normatividad mexicana, para el cumplimiento de los límites máximos permisibles de emisión.
Se trata de los Ciclos de Prueba Mundial Armonizados: CETMAP (Ciclo Estado Transitorio Mundial Armonizado de Prueba) y CEEMAP (Ciclo Estado Estable Mundial Armonizado de Prueba), con los que se podrá avalar “motores a gas natural, que pueden ser usados en camiones, tractocamiones y autobuses, que van de los 2.8 a los 15 litros de desplazamiento y de 100 Hp a 600 Hp de potencia”, y que deben cumplir con el estándar Euro VI, debidamente certificados ante entidades acreditadas por las leyes de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.
Lo anterior fue solicitado por la empresa Cummins Comercializadora ante Semarnat, en octubre de 2016, mediante el trámite "Autorización para utilizar o aplicar materiales, equipos, procesos, métodos de prueba, mecanismos, procedimientos o tecnologías alternativas a las establecidas en las normas oficiales mexicanas en materia ambiental".
Tras una evaluación a los documentos, la Dirección General de Gestión de la Calidad del Aire y Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminante autorizó la utilización de métodos de prueba alternos a los establecidos en las NOM-044-SEMARNAT-2006 y NOM-076-SEMARNAT-2012, los cuales se dan a conocer “con la intención de que surtan efectos en beneficio de toda aquella persona que lo solicite”, refiere el documento.
Cabe destacar que en el expediente de exención de MIR (emitido por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria), se explica que “de la evidencia presentada se observa que las emisiones de NOx, certificadas bajo ciclos de prueba mundial armonizados, como el CETMAP y el CEEMAP son muy similares a las que se emiten en condiciones reales de operación, por lo que son métodos de prueba para certificar motores más precisos que los establecidos actualmente en las normas mexicanas”. 

¿Qué dicen las normas?

  • La NOM-044-SEMARNAT-2006 establece los límites máximos permisibles de emisión de hidrocarburos totales, hidrocarburos no metano, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas y opacidad de humo provenientes del escape de motores nuevos que usan diésel como combustible y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores nuevos con peso bruto vehicular mayor de 3 mil 857 kilogramos, así como para unidades nuevas con peso bruto vehicular mayor a 3 mil 857 kilogramos equipadas con este tipo de motores.
  • La NOM-076-SEMARNAT-2012 establece los niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos no quemados, monóxido de carbono y óxidos de nitrógeno provenientes del escape, así como de hidrocarburos evaporativos provenientes del sistema de combustible, que usan gasolina, gas licuado de petróleo, gas natural y otros combustibles alternos y que se utilizarán para la propulsión de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor de 3 mil 857 kilogramos nuevos en planta.